Juez de puerto varas declara ilegal derecho humano fundamental

Trabajadores de la clínica alemana de puerto varas deponen huelga luego de ser notificado de resolución del Juez que declara ilegal derecho humano a la negociación colectiva
Letrado de puerto varas suspende por 90 días negociación colectiva
Trabajadores clínica alemana de la ciudad lacustre
ABRE UN FORADO EN EL CORAZÓN DE LA REFORMA LABORAL APROBADA POR EL PARLAMENTO CHILENO

Director de la Clínica Eduardo Urrutina
le comunica a los trabajadores la resolución del Juez
Primer juzgado de letras de puerto varas resuelve suspender la negociación colectiva de los 240 trabajadores del sindicato de la clínica alemana de puerto varas, resolución que acoge escrito presentado por el empleador y fija audiencia para discutir el fondo del proceso para el 19 de octubre.
El sindicato fue notificado de esta resolución el martes 25 de julio cerca del mediodía, en el frontis de la clínica mientras se encontraban en su segundo día de huelga, tras 60 días del inicio de la negociación, donde el empleador no tuvo disposición a dialogar ni interés en buscar un entendimiento, así quedó reflejado desde el primer día, cuando los trabajadores entregan el proyecto de contrato colectivo, como también constan en la actas de las cinco mesas de mediación que realizó la inspección del trabajo de comuna de puerto varas, todas las cuales terminaron con resultado frustradas.
Con esta resolución del juez del primer juzgado de letras de puerto varas de “DECLARAR ILEGAL UN PROCESO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA” se abre un forado en lo que fue el corazón de la reforma laboral discutida en el parlamento por dos año, que buscaba una relación laboral más justas y equilibradas entre trabajadores y empleadores, reforma que lleva 115 días desde la entrada en vigencia, y con esta resolución y congelamiento del derecho a negociar por 90 días deja incertidumbre en todos los trabajadores.
Para la ciudadanía de puerto varas, este hecho reabre el debate sobre la legitimidad de que el HOSPITAL SAN JOSÉ construido con fines de beneficencia con donaciones del gobierno alemán, que hace 70 años buscaba apoyar a las condiciones de vida de los colonos y toda la comunidad, por la avaricia desmedida de la banca lo llevaran a la quiebra el año 2012, y hoy se encuentra en manos de un consorcio privado que tiene como finalidad el lucro por sobre los derechos humano a la salud y la vida. 
Noticia en desarrollo…
CUT LLANQUIHUE


CAUSA JUDICIAL 1 juzgado de letras de puerto varas RIT I-8-2017


INFORMACIÓN DE PRENSA


Antecedentes Negociación
DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL. La Constitución Política de la República, confiere el derecho a negociación colectiva como un derecho humano fundamental, lo que se sustenta en tratados internacionales de derechos humanos, como el artículo 8 N° 1 letra d), del Pacto de Derechos Económicos y Sociales, y en el contenido protegido del derecho a la autonomía sindical, que contempla el artículo 19 N° 19 de la Constitución Política de la República. Este mismo rango lo tiene el derecho de los trabajadores a organizarse y del respeto a la autonomía sindical.
•             La Clínica Puerto Varas SpA Rut 76489841-9, inicio su actividad económica según el SII el 01 diciembre 2015.
•             Desde su constitución existe un lapso de seis meses donde no se puede iniciar proceso de negociación colectiva..
1.           La ley que reforma el código del trabajo N° 20.940 fue promulgada el lunes 29 de agosto de 2016 y rige el 1 abril 2017.
•             El Sindicato de Empresa Clínica Puerto Varas SpA se constituye el 5 de enero del 2016 con RSU N° 100.80.141. El directorio asume funciones el 8 de marzo 2016.
•             La asamblea de fecha 5 de abril resuelve presentar proyecto de contrato colectivo, donde además se abordaron las materias de dicho proyecto.
•             El 25 de abril se solicita a la empresa la información financiera para el proceso de negociación colectiva.
•             El 15 de mayo se solicita permiso sindical para el directorio participe en proceso de capacitación sobre negociación colectiva realizado en la ciudad de Temuco por la Federación de clínicas privadas de chile.
•             La comisión negociadora se constituye el día 31 de mayo a las 15 horas en las dependencias de la clínica para hacer entrega del pliego de negociación colectiva, EL CUAL LA EMPRESA SE NEGÓ A RECIBIR.
•             A las 16 horas de ese día en asamblea programada para las 16:00 horas se informa de lo sucedido a los socios y resuelven depositar el proyecto en la inspección del trabajo.

EL FRAUDE A LA BUENA FE
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