Trabajadores de la clínica alemana de puerto varas deponen huelga
luego de ser notificado de resolución del Juez que declara ilegal derecho
humano a la negociación colectiva
Letrado de
puerto varas suspende por 90 días negociación colectiva
Trabajadores
clínica alemana de la ciudad lacustre
ABRE UN
FORADO EN EL CORAZÓN DE LA REFORMA LABORAL APROBADA POR EL PARLAMENTO CHILENO
Director de la Clínica Eduardo Urrutina le comunica a los trabajadores la resolución del Juez |
Primer juzgado de letras de puerto varas resuelve suspender la
negociación colectiva de los 240 trabajadores del sindicato de la clínica
alemana de puerto varas, resolución que acoge escrito presentado por el
empleador y fija audiencia para discutir el fondo del proceso para el 19 de
octubre.
El sindicato fue notificado de esta resolución el martes 25 de julio
cerca del mediodía, en el frontis de la clínica mientras se encontraban en su
segundo día de huelga, tras 60 días del inicio de la negociación, donde el empleador
no tuvo disposición a dialogar ni interés en buscar un entendimiento, así quedó
reflejado desde el primer día, cuando los trabajadores entregan el proyecto de
contrato colectivo, como también constan en la actas de las cinco mesas de
mediación que realizó la inspección del trabajo de comuna de puerto varas,
todas las cuales terminaron con resultado frustradas.
Con esta resolución del juez del primer juzgado de letras de puerto
varas de “DECLARAR ILEGAL UN PROCESO DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA” se abre un forado en lo que fue el corazón de la
reforma laboral discutida en el parlamento por dos año, que buscaba una
relación laboral más justas y equilibradas entre trabajadores y empleadores, reforma
que lleva 115 días desde la entrada en vigencia, y con esta resolución y
congelamiento del derecho a negociar por 90 días deja incertidumbre en todos
los trabajadores.
Para la ciudadanía de puerto varas, este hecho reabre el debate sobre
la legitimidad de que el HOSPITAL SAN JOSÉ construido con fines de beneficencia
con donaciones del gobierno alemán, que hace 70 años buscaba apoyar a las condiciones
de vida de los colonos y toda la comunidad, por la avaricia desmedida de la
banca lo llevaran a la quiebra el año 2012, y hoy se encuentra en manos de un
consorcio privado que tiene como finalidad el lucro por sobre los derechos
humano a la salud y la vida.
Noticia en desarrollo…
CUT LLANQUIHUE
CAUSA JUDICIAL 1 juzgado de letras de puerto varas RIT I-8-2017
INFORMACIÓN DE PRENSA
Antecedentes Negociación
DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL. La Constitución Política de la República,
confiere el derecho a negociación colectiva como un derecho humano fundamental,
lo que se sustenta en tratados internacionales de derechos humanos, como el
artículo 8 N° 1 letra d), del Pacto de Derechos Económicos y Sociales, y en el
contenido protegido del derecho a la autonomía sindical, que contempla el
artículo 19 N° 19 de la Constitución Política de la República. Este mismo rango
lo tiene el derecho de los trabajadores a organizarse y del respeto a la
autonomía sindical.
• La Clínica Puerto
Varas SpA Rut 76489841-9, inicio su actividad económica según el SII el 01
diciembre 2015.
• Desde su
constitución existe un lapso de seis meses donde no se puede iniciar proceso de
negociación colectiva..
1. La ley que reforma
el código del trabajo N° 20.940 fue promulgada el lunes 29 de agosto de 2016 y
rige el 1 abril 2017.
• El Sindicato de
Empresa Clínica Puerto Varas SpA se constituye el 5 de enero del 2016 con RSU
N° 100.80.141. El directorio asume funciones el 8 de marzo 2016.
• La asamblea de
fecha 5 de abril resuelve presentar proyecto de contrato colectivo, donde
además se abordaron las materias de dicho proyecto.
• El 25 de abril se
solicita a la empresa la información financiera para el proceso de negociación
colectiva.
• El 15 de mayo se
solicita permiso sindical para el directorio participe en proceso de
capacitación sobre negociación colectiva realizado en la ciudad de Temuco por
la Federación de clínicas privadas de chile.
• La comisión
negociadora se constituye el día 31 de mayo a las 15 horas en las dependencias
de la clínica para hacer entrega del pliego de negociación colectiva, EL CUAL
LA EMPRESA SE NEGÓ A RECIBIR.
• A las 16 horas de
ese día en asamblea programada para las 16:00 horas se informa de lo sucedido a
los socios y resuelven depositar el proyecto en la inspección del trabajo.
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