MESA DEL
SECTOR PÚBLICO PROPUESTA DE REAJUSTE Y MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES
LABORALES NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO, CENTRALIZADO Y
DESCENTRALIZADO OCTUBRE 2014
Las organizaciones abajo firmantes, todas debidamente identificadas,
representantes de los/as Trabajadores/as del Estado, tanto del sector
centralizado como descentralizado, afiliadas a la Central Unitaria de
Trabajadores, la que coordina y dirige el Proceso de Negociación Colectiva que
cada año se instala con el Ejecutivo sobre condiciones laborales, reajuste de
remuneraciones y otras materias, vienen en presentar el siguiente petitorio de
carácter nacional.
I. FORTALECER LA FUNCIÓN PÚBLICA Y CONSTRUIR “MÁS Y MEJOR ESTADO” AL
SERVICIO DE LAS MAYORÍAS DE CHILE
Nuestro país vive un momento histórico trascendente en que se
proyectan profundas transformaciones en respuesta a las demandas y esperanzas
de la ciudadanía. La mayor parte de estas aspiraciones, sino todas ellas,
descansan en la recuperación del rol del Estado y en su capacidad de garantizar
el ejercicio de los derechos sociales, económicos y culturales, así como de los
derechos fundamentales, de la inmensa mayoría de los/as chilenos/as que hoy sufren
las consecuencias de la mercantilización y precarización de la función pública.
El Programa de gobierno de la Nueva Mayoría contiene esta idea central
bajo el planteamiento de “un mejor Estado para el nuevo ciclo del país”,
expresando que “Chile necesita de un Estado moderno que impulse el desarrollo,
que asegure condiciones de competencia y vele por el acceso, la calidad y la
satisfacción de los servicios públicos que entrega a los ciudadanos. Un Estado
innovador, eficiente, que entrega soluciones oportunas y en el que prevalezcan
el buen trato y la transparencia”. Más adelante, y utilizando un concepto, que
nuestras organizaciones han propugnado y defendido por años, sintetiza esta
visión expresando que “la concreción de las principales medidas de este
programa requiere de más y mejor Estado”.
Es evidente que esta perspectiva de futuro implica enormes desafíos
para los servicios públicos y particularmente para los/as trabajadores/as del
Estado. Frente esta perspectiva de fortalecimiento de la función pública es
indispensable avanzar en reformas legales que consoliden un nuevo marco de
relaciones laborales en el Estado. Sólo sobre la base de garantizar Trabajo
Decente para los/as funcionarios/as públicos/as es posible construir más y
mejor Estado para la ciudadanía.
El gobierno anterior y su actuación respecto del empleo público dejó
en evidencia la fragilidad de las condiciones laborales y los derechos
colectivos de los/as funcionarios/as públicos, así como la absoluta falsedad de
las premisas que por años han sustentado la involución y precarización del
Empleo Público.
Al asumir el gobierno, el pasado 11 de marzo, la Presidenta de la
República expresó que " Chile tiene solo un gran adversario y se llama desigualdad”.
Compartimos plenamente esta premisa en el contexto nacional y venimos a
demandar que en el Estado, en su condición de empleador, se proyecte una agenda
que se proponga superar las numerosas inequidades que se han instalado y
profundizado en el empleo público.
Proponemos, en consecuencia, proyectar un Agenda de Trabajo del
gobierno con la MSP, que establezca un cronograma de funcionamiento, con plazos
6 y 10 meses, para concordar las modificaciones estructurales del Empleo
Público que permitan garantizar Trabajo Decente, las que deberán plasmarse en
Proyectos de Ley a ser presentados durante el próximo período legislativo.
Cada uno de los siete capítulos siguientes del presente Pliego de
Negociación, establece demandas que la Mesa del Sector Público presenta para su
resolución en los marcos del actual proceso de negociación y, define aquellas
de carácter estructural, que demandan procesos de discusión y evaluación de
mayor alcance, para su incorporación en la agenda de trabajo antes propuesta.
II. COBERTURA UNIVERSAL Y DIRECTA DE LA NEGOCIACIÓN CON FINANCIAMIENTO
FISCAL
La Negociación Colectiva del Sector Público, encabezada por la Mesa del
Sector Público y coordinada por la CUT Chile, ha recorrido un largo camino
desde su instauración como práctica anual, a inicios de los años 90 del siglo
pasado. Nuestras organizaciones han requerido insistentemente el
garantizar la cobertura universal de los reajustes y beneficios incorporados en
esta negociación, a pesar de lo cual persisten realidades de exclusión y
limitaciones a esta premisa fundamental de nuestro proceso de Negociación
Colectiva.
Es por ello que exigimos que todas las demandas económicas y laborales
que se detallan en el presente Proyecto de Negociación se hagan extensivas a
todos los/as funcionarios/as públicos/as, indistintamente del marco laboral
que los rige, sea que laboren en el sector centralizado, descentralizado y en
organismos autónomos, estén regidos por Estatutos sectoriales, el Código del
Trabajo o leyes particulares, en el sector público municipal, universidades
estatales, servicios traspasados, colegios subvencionados, administración
delegada por Decreto 3166/81, funcionarios regidos por el artículo 2° Ley
19.464, funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y en jardines
infantiles sin fines de lucro con transferencia JUNJI.
El efectivo alcance universal de los resultados de la negociación que
iniciamos con la presentación del presente documento, y en consecuencia del
Proyecto de Ley de Reajuste General que el Ejecutivo remitirá al parlamento, es
de primera prioridad para la Mesa del Sector Público. Rechazamos la
persistencia y profundización de criterios de inequidad y discriminación entre
funcionarios/as públicos, por el sólo hecho de desempeñarse en instituciones
regidas por cuerpos legales diversos.
Demandamos que, en todos los casos y para todas las medidas, se
contemple la transferencia íntegra de los fondos fiscales que financien el
costo global de cada una, incluidas las asignaciones. Demandamos asimismo que
las normativas de derechos laborales que se concuerden contemplen su plena en
cobertura en la legislación que se apruebe. Ésta es la única forma de
garantizar el alcance universal de las medidas propuestas y es, por tanto, el
criterio inicial que la Mesa del Sector Público expone.
III. REAJUSTE REAL DE REMUNERACIONES Y BENEFICIOS ECÓNOMICOS PARA
AVANZAR EN EQUIDAD
Un 2,6% real fue el incremento promedio alcanzado por la Mesa del
Sector Público en los dos últimos procesos de Negociación Colectiva con el
Gobierno de derecha. Un incremento del 5,0% real es lo que hoy solicitamos al
gobierno de la presidenta Michelle Bachelet, que resultó electa, con una amplia
ventaja en las urnas, comprometiendo un gobierno que se haría cargo de las
escandalosas desigualdades que atraviesan a nuestro país. En consecuencia,
demandar un aumento escalonado de 7% y 5% sobre IPC, nos parece el monto mínimo
que las trabajadoras y trabajadores públicos deben exigirle a un gobierno que
ha prometido avanzar en justicia social.
Con una inflación anualizada de un 4,9%, un presupuesto 2015 que
aumenta el gasto público en 9,8%, una proyección de crecimiento para el año
próximo de 3,6%, con el Ministro de Hacienda ofertando atractivas garantías al
capital extranjero en Inglaterra a través del Chile Day, las y los trabajadores
públicos esperamos que el gobierno sepa también ofrecer un reajuste real
decente a los/as funcionarios/as públicos/as.
3.1. Reajuste Real de las Remuneraciones.
La Mesa del Sector Público ha definido modificar el formato de
presentación de su demanda de reajuste para dar cuenta plena de que el objetivo
de la negociación es recuperar el poder adquisitivo perdido por efecto de la
inflación e incrementar el valor real de las mismas. Entendemos que el
incremento de los salarios es la única forma de avanzar en una mejor
distribución del ingreso en nuestro país y, por tanto, reducir la inequidad,
que es el objetivo primario que el gobierno ha propuesto al país.
Reajuste de un 7% real, valor base para todos los funcionarios y
funcionarias que al 30 de noviembre del presente año obtengan un ingreso
líquido mensual, excluyendo las asignaciones de zona y de zonas extremas,
inferior a $ 801.000. y de un 5% real para quienes perciban remuneraciones por
sobre dicho valor.
Reiteramos nuestra demanda de cobertura en orden a que este aumento,
fijado por ley, deberá incluir a todos los/as funcionarios/as públicos/as,
indistintamente del marco laboral que los rige, sea que laboren en el sector
centralizado o descentralizado, regidos por los Estatutos sectoriales o el Código
del Trabajo, en el sector público municipal, universidades estatales, servicios
traspasados, colegios subvencionados, administración delegada decreto 3166,
funcionarios regidos por el artículo 2° Ley 19.464, funcionarios de la
administración central de los DAEM/DEM y jardines infantiles sin fines de lucro
con transferencia JUNJI. En todos los casos la transferencia de los fondos debe
ser íntegra, incluidas las asignaciones.
3.2. Remuneraciones Mínimas del Sector Público.
Es deber del Estado asegurar Trabajo Decente, cuyo punto de partida es
una remuneración justa y que garantice condiciones de vida dignas. Existiendo
hoy una fijación de estas remuneraciones mínimas para los estamentos auxiliares,
administrativo y técnico, estimamos necesario dar cuenta de que estos valores
tengan impacto efectivo en los segmentos de menores remuneraciones de cada
estamento, y no constituyan sólo una formalidad en la ley. Por lo cual, la Mesa
del Sector Público requiere conocer el universo de funcionarios/as que se ven
beneficiados por esta norma y demanda que a partir del 1 de diciembre del año
2014 ningún trabajador/a que se desempeñe en el Sector Público, universo
definido anteriormente, obtenga un ingreso líquido mensual por estamento
inferior a: Ingreso Mínimo: AUXILIARES $300.000 ADMINISTRATIVOS $350.000 TECNICOS
$400.000
Para el efecto de lo dispuesto, debe otorgarse al personal referido
anteriormente y afecto al sistema remuneraciones vigentes en el Sector Público,
una bonificación mensual de un monto equivalente a la diferencia entre su
remuneración bruta mensual y la cantidad mínima antes establecida, la que irá
disminuyendo en la medida que la remuneración bruta mensual del funcionario se
incremente por cualquier causa. Esta bonificación será imponible sólo para salud
y pensiones y no será considerada base de cálculo para determinar cualquier
otra clase de remuneraciones ni para ningún otro efecto legal. Se debe
considerar, para los efectos de esta norma, que integran la remuneración bruta
mensual respectiva los estipendios de carácter permanente o habitual,
excluyéndose las diversas asignaciones y bonificaciones de zona.
3.3. Valores de Beneficios Diciembre 2014 – Noviembre 2015.
Ag. Navidad alto 51.027 < $ 801.000 Líquido Ag. Navidad bajo 26.992
> $ 801.000 Líquido $ 2.200.000 Bruto
A Fiestas Patrias alto 65.700 < $ 801.000 Líquido A Fiestas Patrias
bajo 45.607 > $ 801.000 Líquido $ 2.200.000 Bruto
B. Escolaridad General 63.893 S/línea de corte $ 2.200.000 Bruto
B. Adicional Escolaridad 26.992 < $ 801.000
Líquido Bienestar 111.307
S/línea de corte S/ exclusión
B. Vacaciones 200.000 S/línea
de corte $ 2.200.000 Bruto
Demandamos la unificación de la Línea de Corte para todos los
beneficios en $801.000 líquidos. Exigimos asimismo que esta Línea de Corte
excluya las asignaciones y bonificaciones de zona y de zonas extremas, cuyo fin
es nivelar los salarios de los funcionarios públicos que laboran en zonas
extremas y aisladas del país y cuya incorporación en su determinación,
distorsiona la entrega de dichos beneficios para este universo de trabajadores
del Estado.
Reiteramos que el conjunto de los beneficios aquí planteados, incluido
el aporte de Bienestar, llegue a todos los/as funcionarios/as
públicos/as representados en esta negociación, ya sea se desempeñen en el
sector centralizado, descentralizado, regidos por los Estatutos sectoriales o
el Código del Trabajo en el Sector Público, municipal, universidades estatales,
servicios traspasados, colegios subvencionados y de administración delegada por
decreto 3166-81, funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley Nº19.464,
funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y en jardines
infantiles sin fines de lucro con transferencia JUNJI. En todos los
casos, demandamos la transferencia íntegra de los fondos y asignaciones que
financien el costo global de esta medida.
3.4. Bono Término de Negociación.
En la fase final del proceso de negociación el Gobierno y la Mesa del
Sector Público convendrán un Bono de Término, cuyo monto será determinado de
común acuerdo entre las partes.
IV. GARANTIZAR LOS DERECHOS SOCIALES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DEL
ESTADO
4.1. Un Nuevo Sistema Previsional.
Las y los trabajadores del Sector Público abogamos por un sistema
previsional de reparto, de carácter público, solidario, sin fines de lucro, de
administración estatal y que garantice una tasa de remplazo digna de a lo menos
un 70%, con participación garantizada de las y los trabajadores y un rol
preponderante del Estado.
Para avanzar en este nuevo sistema previsional resulta imperioso
impulsar cambios estructurales al sistema actual, que aseguren una pensión decente
para las trabajadoras y trabajadores chilenos así como una inversión de estos
fondos potenciando el desarrollo nacional en vez de alimentar el lucro de
entidades especulativas tanto nacionales como extranjeras. En consecuencia
señalamos que una AFP estatal no es la solución que los trabajadores públicos
demandamos, nuestra reivindicación es terminar definitivamente con el sistema
actual de capitalización individual para reponer un sistema de reparto que
garantice a las y los trabajadores una pensión digna y justa.
4.2. Ampliación del Bono Post laboral e Incentivos al Retiro.
El programa de gobierno de la Nueva Mayoría plantea que “un empleo
decente debe permitir a los funcionarios de mayor edad, retirarse dignamente de
la función pública”, afirmación que recogemos y compartimos plenamente. Es
claro que, debido al daño previsional sufrido por miles de funcionarios/as
públicos/as por la sub cotización a la que se los sometió, pero sobre todo por
el rotundo fracaso del sistema de AFP, los/as funcionarios/as públicos/as
enfrentan a la decisión de retiro con la perspectiva cierta de reducir
drásticamente sus ingresos, sino de caer en la pobreza.
Por ello, demandamos ampliar el Bono Post laboral, regido por la Ley
20.305, en el entendido que se trata del único instrumento vigente que
garantiza un incremento permanente de las pensiones. Proponemos que se amplíe
su cobertura, se incremente significativamente su monto y se revisen los
criterios de tasa de reemplazo que lo rigen, con objeto de incrementar los ingresos
permanentes de quienes decidan retirarse del sector público. Las condiciones de
acceso al Bono Post laboral, en estas nuevas condiciones, deben asumir su plena
compatibilidad con cualquier otro instrumento de incentivo al retiro,
atendiendo a que se trata de medida una inmediata ante la incapacidad del
sistema previsional vigente de garantizar pensiones dignas, para lo cual no es
factible esperar a que las transformaciones estructurales del sistema, a las
que aspiramos, modifiquen esta realidad. Sólo de esta forma comprendemos se
puede avanzar hacia la posibilidad de los/as trabajadores/as del Estado de
retirarse dignamente.
Adicionalmente, y en concordancia con el compromiso de programa sobre
la materia, demandamos establecer planes de incentivo al retiro permanente, lo
cual aseguraría un flujo conocido y constante, posible de cuantificar y
presupuestar y que incentivaría a las trabajadoras y trabajadores a planificar
su retiro en sus respectivas instituciones.
Entendemos que estos planes de retiro deben tener como base las
modalidades realizadas en procesos anteriores con sus trabajadores/as,
considerando como base mínima, las mejores condiciones incorporadas en los
planes vigentes o ya vencidos, y proceder a estudiarlos en conjunto con las
organizaciones de los/as trabajadores/as.
Proponemos incorporar al incentivo al retiro, atendiendo a sus
condiciones particulares, a aquellas trabajadoras y trabajadores que jubilan
por invalidez o enfermedades catastróficas y agregar otras variables para
acceder a este beneficio, como enfermedades invalidantes y/o permanentes y los
periodos de trabajo pesado. Este derecho debe estar disponible para el/la
trabajador/a al momento de cesar sus funciones en la administración pública,
por dichas causas, y no sólo cuando cumpla la edad de jubilar por vejez.
4.3. Seguro de Cesantía.
Demandamos la incorporación de los/as funcionarios/as públicos/as
representados en esta negociación al Seguro de Cesantía, en tanto se trata de
un derecho laboral y social que debe tener carácter universal para todos/as
los/as trabajadores/as indistintamente del empleador o los marcos laborales que
los rijan. Se trata de superar una discriminación arbitraria que se ha
mantenido hacia los/as trabajadores/as del Estado, y que los ha excluido de uno
de los componentes de la seguridad social garantizados para los/as
trabajadores/as chilenos/as. El derecho al seguro de cesantía deberá
garantizarse para el conjunto de trabajadoras/es públicos ya sea que estén
contratados en régimen de planta o en calidad de contrata, y deberá operar
independientemente de las causales de desvinculación, como un derecho de
protección social universalmente garantizado.
4.4. Cuidado Infantil de cobertura universal.
Demandamos que todos los/as niños/as, de dos a cuatro años once meses,
hijos/as de funcionarios/as públicos/as, tengan el derecho a la Educación
Inicial, considerando la existencia y el acceso a los jardines infantiles, ello
dado que este segmento etario de niños/as hoy no tiene asegurado este derecho
fundamental.
Demandamos asimismo, la ampliación del derecho a Sala Cuna para todos
los funcionarios públicos, derecho que hoy asiste a las mujeres como
obligación legal, excluyendo a los hombres. Particularmente, requerimos la
implementación inmediata del acuerdo alcanzado en la negociación anterior sobre
ampliación parcial del derecho a Sala Cuna a los funcionarios públicos.
En todos los casos, requerimos que se asignen o transfieran los
recursos necesarios para cumplir esta demanda en los Presupuestos de los Servicios
e Instituciones, y que su provisión sea de costo estatal, de acuerdo a los
principios de Cobertura y Financiamiento de la presente negociación.
Es función de Estado velar por la fiscalización del cumplimiento de la
Ley sobre el derecho a salas cunas de las trabajadoras, bajo este marco
solicitamos la implementación de salas cunas y jardines infantiles en todos
aquellos servicios públicos que aún no lo implementan. Asimismo, requerimos
concordar un plan de inversión para el mejoramiento de las condiciones de las
salas cunas y jardines infantiles existentes para garantizar, en todos los
casos, una atención de calidad a los/as hijos/as de los/as trabajadores/as del
Estado.
4.5. Aportes de Bienestar.
Demandamos la extensión del Aporte de Bienestar para el conjunto de
los/as trabajadores/as públicos/as representados en esta negociación y cuya
cobertura fue definida anteriormente, concordando los plazos y procesos
necesarios para su completa realización, en el marco de las Mesas de Trabajo
instaladas sobre la materia.
V. UN ESTADO EMPLEADOR QUE GARANTICE TRABAJO DECENTE
La Mesa del Sector público reivindica, para el conjunto de los/as
trabajadores/as del Sector Público contar con un empleo justamente remunerado y
en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto de la dignidad humana
durante todo su ciclo de vida laboral. La plena implementación del Trabajo
Decente en el Estado es un objetivo irrenunciable y que debe movilizar todos
los esfuerzos necesarios para que el Estado, en su calidad de empleador, se
convierta en un ejemplo y referente para el sector privado.
5.1. Erradicación del Trabajo Precario en el Estado.
Son múltiples las formas de precarización del empleo que se ha
instalado y persisten en el ámbito público. La Mesa del Sector Público demanda
la regularización de todas ellas, y la incorporación de esos trabajadores/as a
las condiciones generales del empleo público, como un paso inicial para
construir Trabajo Decente en todos los ámbitos del Estado.
Demandamos regularizar los empleos permanentes provistos bajo la
modalidad de honorarios, situación que vulnera la ley que expresamente
permite el régimen a honorarios, sólo cuando se trata de “labores accidentales
y que no sean las habituales de la institución”. Este proceso debe incorporar a
todas las modalidades existentes, sean a suma alzada (subtítulo 21) o de
prestación de servicios (otros subtítulos de gasto), así como a quienes cumplen
jornadas parciales, siendo el único criterio ordenador del proceso el que
cumplan funciones permanentes de las instituciones.
Nuestra demanda se extiende a aquellos trabajadores/as que se desempeñan
en programas u otras figuras presupuestarias, ya que la evidencia
demuestra que, en su gran mayoría, no se trata de funciones esporádicas, ni
acotadas, sino de funciones permanentes de las instituciones que persisten bajo
estas figuras. Demandamos también la regularización de estos/as trabajadores/as
en las mismas condiciones mencionadas anteriormente.
Incluso en el caso en que el Estado defina el desarrollo de
iniciativas de carácter no permanente, demandamos que se garanticen condiciones
de contratación que aseguren a los/as trabajadores/as derechos sociales y
laborales plenos. No existe razón para que el Estado mantenga a miles de ellos
en condiciones de precariedad, o sujetos a contratos de honorarios de mejor o
peor calidad, dependiendo de la voluntad de cada institución.
Pero nuestra demanda no se agota en la regularización de los/as
trabajadores/as que actualmente se desempeñan en estas precarias condiciones.
Aspiramos a modificar la legislación vigente con el fin de establecer una
regulación clara y expresa que restrinja la modalidad de contratación a
honorarios, únicamente a las funciones de asesoría y consultoría, definiendo
como único modo de contratación por parte del Estado para el cumplimiento de
sus funciones permanentes, las condiciones generales del empleo público.
Finalmente, demandamos que en las labores que el Estado licita se
modifiquen los marcos vigentes de la Ley de Compras Públicas para garantizar
que los/as trabajadores/as que cumplan dichas funciones cuenten con condiciones
dignas de trabajo y salarios decentes. Las normas de control
actualmente vigentes establecen mínimos insuficientes sobre esta materia, restringidos
prácticamente al cumplimiento de las obligaciones previsionales y a la
exclusión de empresas condenadas por vulneración de derechos fundamentales,
lo que constituye un estándar insuficiente.
5.2. Estabilidad laboral.
Demandamos estabilidad laboral para el conjunto de trabajadoras y
trabajadores públicos, más allá de los instrumentos y regímenes que regulen las
relaciones contractuales en cada servicio público. Los miles de
desvinculaciones arbitrarias, ilegales e injustificadas durante la
administración del gobierno de derecha, dejaron en evidencia la falsedad de las
argumentaciones respecto de la supuesta inamovilidad o inflexibilidad del
empleo público. Lo cierto es que han quedado en evidencia los niveles de
indefensión de los/as funcionarios/as públicos/as ante los despidos
injustificados.
Es por ello que demandamos la modificación del sistema de empleos a contrata
para establecer su renovación automática al término de su vigencia, a
menos que, con una anticipación previamente establecida en la ley, se notifique
de su no renovación, sobre la base de una resolución fundada en la plena
aplicación de los mecanismos de evaluación existentes, como únicos instrumentos
para determinar la continuidad laboral y la eliminación de toda forma de
discrecionalidad en su aplicación e implementación. Entendemos que esta medida
transitoria e inicial, concuerda con el compromiso del programa de gobierno que
indica que “en relación al personal a contrata estudiaremos esquemas que
ofrezcan mayor estabilidad a estos trabajadores”.
Asimismo, la Mesa del Sector Público expresa su rechazo a la inestabilidad
laboral generada por la Ley SEP, que afecta a un importante y creciente número
de trabajadores/as del ámbito de la educación. En consecuencia
demandamos que se modifiquen los cuerpos legales que rigen a estos/as
trabajadores/as para garantizar su estabilidad laboral e impedir que los
mecanismos de financiamiento sean excusa para precarizar el trabajo de los/as
trabajadores/as de la educación.
Asimismo, requerimos se tomen las medidas administrativas y
legislativas necesarias en función de garantizar empleos estables para todos/as
aquella/os trabajadoras/es contratadas por Proyectos y que se desenvuelven en
labores propias y permanentes de los servicios y entidades públicas.
5.3. Carrera Funcionaria.
Reivindicamos el derecho a desarrollar una carrera funcionaria,
entendida ésta como un sistema integral que promueva el desarrollo y promoción
de las y los funcionarios a través de su vida laboral y que permita alcanzar
niveles de excelencia y calidad de la función pública. Una carrera sustentada
en principios de objetividad, transparencia, fluidez y justicia, vinculados a
los conceptos de trabajo decente, que significa un empleo estable, con seguridad
social, con carrera efectiva y respeto a los derechos laborales.
Aspiramos a que el gobierno avance significativamente en dicha
materia, de conjunto con nuestras organizaciones, para terminar con las
modalidades altamente discrecionales vigentes y garantizar sistemas de carrera
funcionaria para los/as funcionarios/as públicos/as, basados en procesos
conocidos y objetivos, que releven la experiencia y el mérito como fundamento
del desarrollo profesional en el Estado.
5.4. Traspaso del personal a contrata a la calidad jurídica de planta
o titular.
Exigimos el cumplimiento las normativas legales que limitan el número
de funcionarios a contrata de una Institución. De ésta forma demandamos
específicamente, regularizar esta situación por la vía de incrementar los
cargos de planta o de su ingreso a la calidad de titulares, ya sea se trate de
trabajadores del sector centralizado, descentralizado, municipal, servicios
traspasados o universidades estatales.
En términos inmediatos, demandamos que en aquellas instituciones en
que existen cargos de planta vacantes, se tomen las medidas necesarias para
que los ascensos y promociones pendientes se lleven a cabo, destrabando el
estancamiento de la carrera, estableciendo así la totalidad de cargos vacantes
y éstos sean llamados a concurso para permitir el ingreso de los funcionarios
que hoy se encuentran en la contrata. Asimismo, demandamos que, en el caso de
los profesores, se regularice la situación de los miles de docentes que se encuentran a
plazo fijo y se otorgue titularidad a aquellos profesores que llevan tres
años continuos o cuatro discontinuos para el mismo empleador.
5.5. Escala y estructura de remuneraciones trabajadoras/es públicos.
Solicitamos incluir en la Agenda de Trabajo Gobierno – MSP la revisión
de la Estructura de Remuneraciones de las y los trabajadoras/as públicos
caracterizada por una enorme dispersión salarial, inaceptables
discriminaciones, sobrepoblación de haberes que complejizan tanto su
comprensión como administración, ello con miras a converger en una estructura
de remuneraciones simplificada, que pague ingresos similares para trabajos,
responsabilidades, funciones, ambientes y calificaciones similares.
Esta es una tarea de primera relevancia en términos de avanzar en la
superación de las brechas e inequidades que se han establecido al interior del
Estado y que afectan significativamente a importantes segmentos de
trabajadores/as.
VI. CONDICIONES DE TRABAJO
6.1. Asignación Técnico de nivel Superior.
Exigimos el reconocimiento de todos/as los/as funcionarios/as
públicos/as con título técnico de nivel superior a través del pago de una
asignación económica, ello en mérito de la culminación de estudios técnicos
post secundarios en entidades debidamente reconocidas por el Estado, cuya
duración sea de cuatro o más semestres. Ya sea que estas trabajadoras o
trabajadores pertenezcan al sector centralizado, descentralizado, municipal,
funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley Nº19.464, funcionarios de
la administración central de los DAEM/DEM, servicios traspasados o
universidades estatales, indistintamente del grado que ostenten.
6.2. Asignación Profesional.
Demandamos el pago de la asignación profesional para todos/as los/as
profesionales que laboran en el Sector Público, ya sea en el sector
centralizado, descentralizado, municipal, servicios traspasados o universidades
estatales, funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley Nº19.464 y funcionarios
de la administración central de los DAEM/DEM, con la sola excepción de aquellos
regidos por la escala fiscalizadora.
6.3. Asignación de Zona y Zonas Extremas.
Demandamos extender el beneficio de asignaciones de zona a todas y
todos los trabajadores del sector público, que laboran en localidades que
generan este derecho, incorporando así a aquellos funcionarios y funcionarias
que por distintos motivos hoy no la reciben.
Demandamos homologar la base de su cálculo, respecto a las FFAA,
para las trabajadoras y trabajadores de las regiones de Arica y Parinacota,
Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes, las provincias de Chiloé,
Palena y las comunas de Cochamó, Isla de Pascua y Juan Fernández.
Bono zonas extremas: Solicitamos que este beneficio regido por la
ley N°20.313 se extienda a los funcionarios de la administración central de
Educación Municipal, DAEM, DEM y a la Administración de Educación, salud y
cultura de las Corporaciones Municipales. Junto a lo anterior, demandamos que
este beneficio se extienda a los trabajadores de Atacama, así como de las
comunas de Calbuco y Lonquimay, que dado su ubicación geográfica resulta igual
su aislamiento que la Isla de Chiloé.
Exigimos corregir la exclusión de los/as trabajadores/as de las
Universidades Estatales del acuerdo alcanzado en la anterior negociación,
respecto de la bonificación de imponibilidad para la bonificación de zonas
extremas.
Asimismo, demandamos otorgar el carácter de imponible a las
asignaciones de zona, ello con cargo al erario fiscal, dada la relevancia en la
renta que en muchas zonas alcanza, lo que redunda en un considerable menoscabo
en los ingresos al pensionarse, ello al no definirse esta asignación como
imponible.
6.4. Viáticos.
Requerimos se concrete el acuerdo alcanzado en el proceso de
negociación del año 2012 y ratificado en 2013, en cuanto a establecer un viático
único, igualando y nivelando el monto de los viáticos al tramo más alto,
eliminando la diferencia de pago entre grados, que hacen discriminatorio y desigual
el pago de esta prestación a funcionarios y funcionarias de grados inferiores.
Dicho proceso de nivelación debe también incorporar la racionalización de las
diversas modalidades de viáticos parciales existentes (parcial, de faena, de
campamento, etc.) para nivelar sus montos con sus objetivos. Asimismo,
reiteramos la demanda de extender el derecho a viático para el conjunto de
los/as trabajadores/as públicos. Esto en atención a que dicho pago tiene por
fin compensar las necesidades de alimentación y alojamiento de los/as
funcionarios/as que se destina a desarrollar transitoriamente funciones fuera
de su lugar habitual de trabajo, ante lo que la diferenciación de monto resulta
absolutamente arbitraria y discriminatoria.
6.5. Política de Autocuidado y Entornos Saludables.
Demandamos el desarrollo de una Política Nacional de Autocuidado y
Entornos Saludables que sea transversal al conjunto de los/as trabajadores/as
públicos, que promueva práctica y focalice recursos en función de que los/as
funcionarios/as públicos/as gocen de espacios de trabajo y entornos laborales
que prevengan la degradación de su salud, y su desempeño en condiciones que
permitan una mayor productividad.
VII. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
7.1. Remuneración íntegra bajo el permiso postnatal parental.
Demandamos la modificación inmediata de la Ley de Postnatal Parental
para que todo/a funcionario/a que esté haciendo de dicho derecho, éste sea
reconocido como una licencia médica, por tanto con el derecho a la mantención
del total de su remuneración, correspondiendo su pago al servicio o institución
empleadora.
7.2. Acoso Sexual y Laboral.
Requerimos que se avance en la dirección de garantizar que la
legislación respecto del Acoso Laboral y el Acoso Sexual garantice su
prevención, investigación y sanción de forma efectiva. Esto exige la
elaboración de un Reglamento de carácter transversal que determine el accionar
de las instituciones ante esta grave vulneración de derechos de los/as
trabajadores/as y especifique los procedimientos a seguir ante denuncias de
este carácter, particularmente en cuanto a la protección de las víctimas.
Asimismo, demandamos que en el marco de la incorporación plena de los/as
funcionarios/as públicos/as al procedimiento de Tutela de Derechos
Fundamentales, establecido en el Código del Trabajo, los Tribunales del Trabajo
asuman la competencia respecto de estas materias.
7.3. Código de Buenas Prácticas Laborales.
Expresamos la necesidad de dar un marco legal obligatorio del Código
de Buenas Prácticas Laborales, perfeccionado sus contenidos y aplicación. Su
implementación, bajo el formato de instructivo presidencial, tiene un
importante valor para nuestras organizaciones, sin embrago es evidente que
resulta imperioso que diversas materias contenidas en el mismo, se reflejen
cabalmente en el ordenamiento jurídico, para dotar de fuerza normativa y
obligatoriedad a sus mandatos.
7.4. Igualdad de Remuneraciones.
Relevamos la necesidad de perfeccionar la Ley Igualdad de
Remuneraciones, reconociendo adecuadamente el principio de Igualdad de Ingresos
en Trabajos de Igual Valor, generando incentivos y sanciones adecuadas a la
necesidad de erradicar las brechas de ingresos entre hombres y mujeres causadas
por las barreras que enfrentan las mujeres en la sociedad para desarrollarse en
igualdad de condiciones que los hombres.
7.5. Planes de Igualdad de Oportunidades.
El Estado debe garantizar que un organismo especializado elabore,
asesore y evalúe la formulación de los Planes de Igualdad de Oportunidades
(PIO) entre hombres y mujeres a todo nivel, que tenga la capacidad de proponer
modificaciones a estos y sanciones a las empresas, servicios o instituciones
que no cumplan con los planes concordados.
VIII. LIBERTAD SINDICAL
Tal como lo expresamos, por medio de una carta dirigida a la
Presidenta de la República, el pasado mes de julio, la Mesa del Sector Público
ha conocido y debatido, con el mayor el interés, el anuncio realizado en su
alocución ante el Congreso Pleno el pasado 21 de mayo, en cuanto a evaluar “la
institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el
sector público, estudiando mecanismos que se hagan cargo de sus especiales
particularidades”.
Entendemos que este anuncio se enmarca en el compromiso adquirido en
el Programa de Gobierno para “avanzar en el respeto a la libertad sindical
conforme a las normas y convenios que Chile ha ratificado en materia laboral”,
en este caso, los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT.
La profundización de la Libertad Sindical y el fortalecimiento de la
Negociación Colectiva son objetivos prioritarios para la Central Unitaria de
Trabajadores y las organizaciones integrantes de la Mesa del Sector Público. En
ausencia de una implementación legislativa, el Estado de Chile ha venido dando
cumplimiento al Convenio 151 de la OIT por medio de una “Práctica Nacional”, de
la que somos parte integrante, cuyos alcances y formatos deben ser, sin duda,
el punto de partida para todo proceso de cambios que busque ampliar la Libertad
Sindical y fortalecer la Negociación Colectiva para los/as Trabajadores/as del
Estado.
Es por ello que venimos a solicitar, en tanto actor representativo
para éste diálogo, se establezca un espacio de trabajo con la Mesa del Sector
Público, para conocer los alcances que su gobierno asigna al anuncio sobre “
institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el
sector público ”, así como para concordar un proceso de discusión que permita
arribar a los acuerdos necesarios para ampliar la Libertad Sindical y
fortalecer la Negociación Colectiva para los/as Trabajadores/as del Estado,
objetivos que sabemos son comunes al gobierno y a nuestras organizaciones.
En lo inmediato, estimamos indispensable avanzar en materias por largo
tiempo discutidas y que constituyen las reformas mínimas necesarias a la
legislación vigente para eliminar las trabas vigentes al ejercicio de la
Libertad Sindical en el Sector Público:
demandamos superar las restricciones al pleno ejercicio de la
Libertad Sindical, por parte de los/as trabajadores/as del Estado, que
persisten en nuestro ordenamiento jurídico, tanto a nivel constitucional, como
en los distintos cuerpos legales que rigen a la función pública.
requerimos se cumpla con la obligación que tiene el Estado de Chile
de implementar los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT, así como de cumplir con
las recomendaciones realizadas por los Órganos de Control de dicha institución,
y demanda la ratificación e implementación del Convenio 154 de la OIT sobre
Negociación Colectiva.
reclamamos la plena incorporación de los/as trabajadores/as
públicos/as al procedimiento de Tutela de Derechos Fundamentales, para otorgar
sede judicial a los/as funcionarios/as que vean vulnerados sus derechos, y
particularmente para garantizar la investigación y sanción de las Prácticas
Antisindicales.
Por la Central Unitaria de Trabajadores CUT y las 15 Organizaciones
que componen la Mesa de Negociación Colectiva del Sector Público.
ORGANIZACIONES FIRMANTES
1. COLEGIO DE PROFESORES A.G. JAIME GAJARDO ORELLANA
2. ANEF RAÚL DE LA PUENTE PEÑA
3. ASEMUCH OSCAR YAÑEZ POL
4. CONFENATS VICTOR DOMINGO SILVA ALARCÓN
5. FENTESS SILVIA AGUILAR TORRES
6. CONFUSAM ESTEBAN MATURANA DOÑA
7. AJUNJI JULIA REQUENA CASTILLO
8. FENPRUSS GABRIELA FARÍAS TAMAYO
9. FENFUSSAP LORENZO GONZÁLEZ CABRERA
10. CONFEMUCH ARTURO ESCAREZ OPAZO
11. FENAFUCH CRISTINA TAPIA POBLETE
12. FENAFUECH MARÍA CRISTINA CASTRO PÉREZ
13. ANTUE MÓNICA ÁLVAREZ ABURTO
14. FENATS UNITARIA RICARDO RUIZ ESCALONA
15. FENATS NACIONAL OSCAR RIVEROS ARAYA
CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES CUT
CHILE
Santiago, 07 de Noviembre 2014
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