Sobre el descanso de las 8 horas del personal embarcado de la MMN

Señor Director
Diario El Llanquihue
Presente
Sr. Director.
Frente a las reiteradas tergiversación de la verdad, y el deseo de querer imponernos a la Marina Mercante Nacional un cambio a las normas de descanso y por ende a la jornada de trabajo en la columna del señor Manuel Bagnara, del día Sábado 22 diciembre 2018 y la del señor Mario Livingstone del 2 enero 2019, de El Llanquihue es que solicitamos derecho a réplica. La controversia nace desde que ARMASUR AG con don Manuel Bagnara y el señor Livingstone no explican la letra chica de la pretendida modificación del artículo 116 del Código del Trabajo sobre el descanso. Incluso la Autoridad Marítima, en diversas reuniones, nos ha expresado estar de acuerdo con el descanso de 8 horas en día calendario y de aumentar a 10 debe ser igualmente en el mismo día y no en parcialidades de 6 y 4 horas. Al parcializar el descanso se cambia la jornada laboral a horas cronológicas, significa que ya no es el día de las 24 horas partiendo de una medianoche a la otra si no que de cualquier hora de un día hasta la misma hora del siguiente día, perdiéndose horas extraordinarias, días de bajada a tierra, mayor carga de trabajo, dotaciones insuficientes, se abre una insospechada jurisprudencia en futuras demandas laborales que podría desmantelar y precarizar aún más los derechos del marino mercante. Un descanso parcializado de tan cortos periodo crea un problema de salud mental al alterar los ciclos circadianos (fenómenos biológicos que ocurren rítmicamente alrededor de la misma hora, como la sucesión de vigilia y sueño).  Dejamos constancia de la impugnación a dicha mesa ya que empresarios y el Gobierno llegaron, el último día, con un documento acordado entre ellos. El señor Mario Livingstone firma la carta publicada por su diario el 02 de enero como Ministro del Trabajo lo que es ilegal pues no ostenta ese cargo, además se pronuncia sobre descanso de las 8 horas de otras actividades laborales que son excepcionales y las desea hacer permanente. También es cuestionable que salga en defensa de la posición de los empresarios y no espere la discusión democrática en el Congreso Nacional. No obstante, el Ministro del Trabajo debiese hacer cumplir el veredicto de la I. Corte Suprema y de La Contraloría General de La República en que deben aumentar dotaciones para poner en práctica el Decreto 5163/83 de la Dirección del Trabajo del 22.12.2014.-

JOSE PACHECO SANCHEZ
CUT- FESIMAR                        

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