Debemos recordar que
el personal vive abordo por largos periodos de tiempo, hasta por 45 días en
algunos casos, en movimiento perpetuo, sin compartir con la familia, en
constante vigía, altos niveles de ruido, fatiga, peligro a la integridad
física, y otros similares que son propios a la aventura marítima.
La flota actual,
existen 80 buques que no tienen problemas de habitabilidad para albergar varios
trabajadores más, 150 que tiene los espacios para instalar 2 o 3 aposentos. El
resto de las naves no reúne las acomodaciones para tiempos de navegación que
superan las 120 horas sin recalar a un puerto, siendo que por sus
características deberían tener un régimen de descanso mayor o restringir su aérea
de navegación, por ejemplo desde Puerto Montt hasta Quellón.
Queremos resaltar, que
más del 80% de la flota de cabotaje, en la zona Sur-Austral, se relaciona con
la industria de la salmonicultura, la que no ha exigido estándares de respeto a
las normas laborales en el momento de suscribir los servicios con el transporte
marítimo.
ARMASUR ha desarrollo
una campaña permanente de lobby a favor de los armadores, agrupados en la Asociación
de Armadores de Transporte Marítimo Sur Austral A.G. (ARMASUR), que se expresa
en las múltiples gestiones, encabezadas por diputados y senadores de la zona
junto a ex funcionarios de Gobierno, con el objeto de cambiar la ley de
cabotaje o paralizar el cumplimiento de los dictámenes de la Dirección del
Trabajo, en desmedro del personal embarcado.
Algunas autoridades,
especialmente locales, hacen reconocimientos honoríficos a empresarios navieros
que abusan de sus trabajadores, ya sea por la importancia de su empresa, o
porque obsequian elementos y equipamientos para beneficio de la población,
especialmente a las empobrecidas escuelas rurales. Esta ha sido una manera
ingeniosa para proyectar una buena imagen del empresariado, pero vulnerando los
derechos laborales, de ahí́ que las utilidades que reportan estas prácticas,
una parte, puedan ser destinadas a la configuración de políticas sobre la
responsabilidad social con la comunidad.
Dentro de las empresas
que integran ARMASUR, y que vulneran leyes como la laboral, de navegación, de
comercio, convenios internacionales etc., destacan los beneficios de impuestos,
verbigracia la exención de impuestos específicos a los combustibles para el
transporte marítimo, y los contratos con el Estado de Chile bajo la modalidad
de subsidios pagadas por los chilenos, sin exigencias de cumplimiento cabal a
las normas nacionales.
Por otra parte, han
ignorado la representatividad y la existencia de nuestras organizaciones. Con
el objeto de crear una imagen pública, mediante la prensa, los ejecutivos de
ARMASUR firman acuerdos sobre Marina Mercante con sindicatos de trabajadores de
plantas pesqueras y ramos afines, reunidas en coordinadoras de sindicato del
sur, que no tienen relación ni se asemejan al personal embarcado y menos a los
intereses de los oficiales, tripulantes y capitanes, estos últimos, por el
imperio de la Ley de Navegación y el Código de Comercio, tienen el mando, y son
los responsables de la vida humana abordo de las naves, del buque, la carga, y
evitar la contaminación del medio ambiente acuático.
La realidad, descrita,
permite a las empresas bajar los costos operacionales, hacer importantes
inversiones de activos, y obtener utilidades en cada periodo contable sobre los
hombros del personal embarcado.
La ley permite que los
armadores se agrupen en carteles, incluso lo utilizan para confeccionar las
“listas negras” de oficiales tripulantes que pertenecen a organizaciones
sindicales, o para impedirles el trabajo, en el rubro, por cualquier otro
motivo.
ARMASUR propende a que
la ley en vigencia no se cumple para los trabajadores embarcados, bloqueando el
cumplimiento que tanto autoridades como instituciones públicas cumplan su rol
constitucional. Dirigentes de empresas sin base sindical, acompañados de parlamentarios
y ex funcionarios de Gobierno de Chile hacen gestiones en el parlamento y
autoridades nacionales para exigir condiciones de régimen de una marina
mercante “de aguas interiores” con el fin de no respetar la norma internacional
vigente, contra los lineamentos de la OMI, y la OIT.
ARMASUR en una actitud
reñida con las orientaciones de la OMI y OIT, no toma en cuenta en la
actualidad y margina de la toma de decisiones que señalan que para poder tomar
acuerdos entre las partes, A LOS TRABAJADORES EMBARCADOS, PASO indispensable
para que sea posible cualquier modificación o promulgación de leyes,
reglamentos, y resoluciones que afecten a los trabajadores embarcados, mesas de
trabajo donde debe participar el Estado. Esto hoy se hace, por empresarios
navieros que concurren sigilosamente a las oficinas de las autoridades para
tratar de hacer modificaciones a la normativa legal, sea por resoluciones o dictámenes,
que los beneficien pero en desmedro de los trabajadores.
Debemos tener en
cuenta, que los factores de la realidad en la zona SUR-AUSTRAL del cabotaje solo
son conocidos por las organizaciones de trabajadores marítimos que se
encuentran ancladas desde Puerto Montt al Sur, y no aquellas con base en Valparaíso
u otra zona como ellas mismas nos lo han recocido en algunas reuniones. Que descosen
nuestra realidad pero hoy en día nos han apoyado
Por ello, demandamos a
ARMASUR que cese en su hostigamiento constante contra las condiciones legitimas
exigidas por la marina mercante del sur de chile, no dejaremos de denunciar
estar malas prácticas, para dar a conocer que ARMASUR no cumple con las
normativas vigente y estás son amparadas por las autoridades públicas que
mañosamente los protegen para obtener después un puesto en empresa privadas,
arreglando hasta los propios convenios internacionales simplemente para dejar
fuera al trabajador y reducir la norma a su más mínimo expresión.
PEDIMOS
Exigimos que las
Autoridades informen y considerar las opiniones de los trabajadores, antes de
tomar resoluciones que nos afecten, así́ como lo hace con los empresarios, igualdad
de trato.
Hacer cumplir la ley,
y el Código Laboral para el sector de trabajadores de la Marina Mercante
Nacional en la zona de Puerto Montt al Sur.
Interpretar
correctamente, y aplicar la normativa de la OMI, según le corresponde a Chile
por haber suscrito el convenio, que lo obliga.
Aplicar íntegramente
los convenios de la OIT, para el personal embarcado y cuando la ley nacional
sea mejor entonces deberá́ aplicarse esta ultima, como la misma organización de
las ONU lo tiene contemplado en sus resoluciones.
Eliminar las listas
negras que, algunas empresas navieras, mantienen con el objeto de prohibir el
trabajo a los dirigentes sindicales que defienden los derechos laborales, y las
leyes de navegación marítima.
TERMINAR CON LOS
ABUSOS
sobre vulneración de
derechos laborales: descanso de las 8 horas, obligar al personal embarcado a
realizar labores que no le competen, falta de fiscalizaciones rigurosas, cancelación
incompleta de remuneraciones, y tantas otras.
Dejar atrás el
aprovechamiento, de algunas empresas, de no pagar las horas extraordinarias, o
el pago incompleto de días laborados (montos de app. $300.000.- mensualmente,
no se recurre a reclamos formales por desconfianza en los tribunales de
justicia, alto valor de los abogados, y el temor de ser incorporado a las
listas negras y no poder optar a trabajo en el sector).
Los dirigentes del de
Trabajadores de Marina Mercante Embarcados del sur, realizan sus labores ad
honorem, y no tienen los recursos económicos para contrarrestar la arremetida
comunicacional y de eventos organizados por la parte empresarial, a objeto de
sensibilizar a las autoridades y comunidad en general con sus ideas
reformadoras contrarias a los intereses de los trabajadores.
El Gobierno de Chile,
debe ser transparente o consecuente con el discurso diario de hacer respetar
los derechos de los trabajadores, exigiendo a los funcionarios del Estado que
dejen de hacer “la vista gorda” en desmedro de los trabajadores.
CONDICIÓN ESPECIAL
Recordar, que como
trabajadores embarcados tenemos una carga que ningún otro trabajador posee en
Chile, y está contemplada en la Ley de navegación N°2.222 del 21 de Mayo de
1978 en el ARTICULO 98.- Los capitanes y las dotaciones de todas las naves o
artefactos navales forman parte de la Reserva Naval de la Republica, y se incorporaran
al servicio activo en caso de guerra. Lo mismo podrá́ ocurrir en caso de
conflictos internacionales que amenacen la seguridad del país, conmoción
interna, calamidad pública, motín, paralización del transporte marítimo que
afecte la normalidad de este servicio o cualquiera otra emergencia, debidamente
calificada por el Presidente de la Republica. Humanamente no se comprende,
solicitar un sacrificio al servicio de país, como lo expresa el artículo 98, y
por otra parte vulnerar los derechos fundamentales de ese mismo personal.
Marina mercante sur
austral
www.ellanquihue.cl
www.armasur.cl
www.soychile.cl
www.salmonexpert.cl

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